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Asilo Defensivo

El asilo está dirigido a personas que huyen de persecuciones, violencia, o situaciones de peligro en su país de origen y buscan protección en otro país, como Estados Unidos. Para calificar para el asilo, una persona debe demostrar que ha sufrido o teme sufrir persecución debido a:

 

  • Raza
  • Religión
  • Nacionalidad
  • Opinión política
  • Pertenencia a un grupo social específico (como orientación sexual o identidad de género)

 

El objetivo del asilo es brindar refugio a quienes enfrentan amenazas graves y no pueden encontrar seguridad en su país natal.

TPS

El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) es un programa de inmigración de los Estados Unidos dirigido a personas de ciertos países que enfrentan condiciones extraordinarias que dificultan su retorno seguro. Estas condiciones pueden incluir:

 

  • Conflictos armados en el país de origen (como guerras civiles).
  • Desastres naturales (como terremotos, huracanes, o epidemias).
  • Otras circunstancias temporales extraordinarias.

 

El TPS otorga a los beneficiarios el derecho a vivir y trabajar legalmente en los EE.UU. durante el tiempo que dure su designación, pero no ofrece un camino directo a la residencia permanente o ciudadanía. Está dirigido a personas que ya se encontraban en los EE.UU. al momento de la designación del país bajo TPS.

Ajuste de Estatus o Residencia Permanente

El ajuste de estatus es un proceso que permite a ciertos inmigrantes en los Estados Unidos solicitar la residencia permanente (Green Card) sin tener que salir del país. Este proceso es una opción para personas que cumplen con ciertos requisitos y desean cambiar su estatus migratorio temporal (como estudiantes, trabajadores temporales o beneficiarios de asilo o TPS) a un estatus de residente permanente.

 

El ajuste de estatus está disponible para:

 

  • Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses: Cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses.

 

  • Personas con peticiones de empleo: Personas que tienen una oferta de empleo aprobada y una visa disponible en su categoría.

 

  • Refugiados o asilados: Después de un año de haber sido admitidos como refugiados o asilados, pueden ajustar su estatus.

 

  • Beneficiarios de la Lotería de Visas de Diversidad: Si están en los EE.UU. y han sido seleccionados en la lotería de visas.

 

  • Beneficiarios de programas especiales: Como el TPS, la Ley de Ajuste Cubano o la Ley NACARA.

 

Para ajustarse al estatus, el solicitante debe haber ingresado legalmente a los EE.UU. y cumplir con otros requisitos específicos según la categoría bajo la cual esté aplicando.

Permisos de Trabajo y Social Security

Los permisos de trabajo en los Estados Unidos (conocidos oficialmente como "Documentos de Autorización de Empleo" o EAD, por sus siglas en inglés) son otorgados a ciertas personas que no son ciudadanos estadounidenses pero que tienen autorización para trabajar legalmente en el país. Los siguientes grupos de personas pueden solicitar permisos de trabajo:

 

  • Personas con solicitudes de asilo o refugio: Los solicitantes de asilo pueden obtener un permiso de trabajo si su solicitud ha estado pendiente durante 150 días o más sin una decisión.

 

  • Beneficiarios de TPS (Estatus de Protección Temporal): Las personas de ciertos países designados como elegibles para TPS pueden solicitar permisos de trabajo mientras estén en los EE.UU.

 

  • Residentes permanentes condicionales: Aquellos con residencia condicional, como los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que todavía están esperando la eliminación de sus condiciones, pueden trabajar legalmente con un permiso.

 

  • Personas en proceso de ajuste de estatus: Aquellos que están en proceso de cambiar su estatus a residente permanente pueden solicitar un permiso de trabajo mientras su solicitud está siendo procesada.

 

  • DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia): Los beneficiarios de DACA pueden solicitar un permiso de trabajo renovable.

 

  • Titulares de visas específicas: Algunas visas temporales permiten trabajar, como la visa F-1 (estudiantes internacionales con autorización especial), visa H-4 (familiares de trabajadores H-1B), y otras visas de no inmigrante.

 

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses: Aquellos que están en proceso de ajustar su estatus después de casarse con un ciudadano estadounidense pueden trabajar mientras esperan la aprobación de su residencia permanente.

 

  • Refugiados y asilados: Personas que han sido reconocidas como refugiados o asilados tienen derecho a trabajar en los EE.UU.

El permiso de trabajo es crucial para estas personas ya que les permite trabajar legalmente en el país mientras tramitan sus procesos migratorios o durante el tiempo que tengan su estatus temporal.

Naturalización y Ciudadanía

La naturalización es el proceso por el cual un extranjero se convierte en ciudadano de los Estados Unidos. Este proceso está disponible para personas que cumplen con ciertos requisitos establecidos por la ley. A continuación, se mencionan los grupos de personas que pueden optar por la naturalización:

 

  • Residentes permanentes legales (titulares de la "Green Card"): La mayoría de los solicitantes de naturalización deben haber sido residentes permanentes durante al menos 5 años antes de presentar su solicitud (o 3 años si están casados con un ciudadano estadounidense).

 

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses: Las personas casadas con ciudadanos de EE.UU. pueden solicitar la naturalización después de 3 años de ser residentes permanentes, siempre que cumplan con ciertos requisitos adicionales, como haber vivido con su cónyuge durante ese tiempo.

 

  • Militares y veteranos: Los miembros actuales de las Fuerzas Armadas de EE.UU, así como los veteranos, pueden ser elegibles para la naturalización a través de procesos especiales, dependiendo de su tiempo de servicio y si sirvieron durante un período de guerra o conflicto.

 

  • Hijos de ciudadanos estadounidenses: Los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos fuera de EE.UU. pueden ser elegibles para obtener la ciudadanía a través de un proceso llamado "derivación de la ciudadanía" o, en algunos casos, pueden naturalizarse.

 

  • Personas con asilo o refugiados: Aquellos que han sido reconocidos como asilados o refugiados pueden solicitar la naturalización después de haber sido residentes permanentes por 5 años, lo que incluye el tiempo de su estatus como refugiado o asilado.

 

  • Cónyuges de miembros de las Fuerzas Armadas: En algunos casos, los cónyuges de militares estadounidenses pueden ser elegibles para solicitar la naturalización más rápidamente, especialmente si su cónyuge es asignado a una base en el extranjero.

 

  • Niños adoptados por ciudadanos estadounidenses: Los niños adoptados por ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para la ciudadanía automáticamente o a través de la naturalización, dependiendo de su edad y otros factores en el momento de la adopción.

 

Para naturalizarse, las personas deben cumplir con varios requisitos adicionales, como vivir en los EE.UU. durante un período específico, demostrar buen carácter moral, aprobar un examen de historia y gobierno de los EE.UU. (con algunas excepciones), y pasar una entrevista con un oficial de inmigración.

Petición Familiar

La petición familiar es un proceso mediante el cual un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal solicita que ciertos miembros de su familia obtengan una tarjeta de residencia (Green Card) o un ajuste de estatus para vivir en los Estados Unidos. Aquí están los grupos de personas que pueden beneficiarse de una petición familiar:

 

Para ciudadanos estadounidenses:

 

  • Cónyuge: Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la residencia permanente para su cónyuge.

 

  • Hijos solteros menores de 21 años: Un ciudadano puede presentar una petición para sus hijos solteros menores de 21 años.

 

  • Hijos solteros mayores de 21 años: Aunque los hijos mayores de 21 años pueden obtener la residencia, el proceso es más lento y depende de la disponibilidad de visas.

 

  • Hijos casados de cualquier edad: Los ciudadanos estadounidenses también pueden patrocinar a sus hijos casados, pero el tiempo de espera es más largo debido a la clasificación en categorías de preferencia.

 

  • Padres: Un ciudadano estadounidense mayor de 21 años puede presentar una petición para sus padres.

 

  • Hermanos: Los ciudadanos estadounidenses también pueden solicitar la residencia para sus hermanos, pero este proceso tiene una larga espera debido a las limitaciones en la cantidad de visas disponibles.

 

Para residentes permanentes legales (titulares de la "Green Card"):

 

  • Cónyuge: Un residente permanente puede presentar una petición para su cónyuge.

 

  • Hijos solteros menores de 21 años: Los residentes permanentes pueden solicitar la residencia para sus hijos menores de edad y solteros.

 

  • Hijos solteros mayores de 21 años: También pueden solicitar la residencia para sus hijos solteros mayores de 21 años, pero no pueden patrocinar hijos casados.

 

Limitaciones:

 

  • Los residentes permanentes no pueden solicitar a sus padres ni a sus hermanos, este beneficio solo está disponible para los ciudadanos estadounidenses.

 

  • El tiempo de procesamiento y la disponibilidad de visas dependen de la categoría de preferencia y el país de origen del beneficiario.

 

Cada categoría tiene diferentes tiempos de espera y requisitos, dependiendo de la relación familiar y la cantidad de visas disponibles anualmente.

Eliminación de la Condición de Residencia Permanente

La eliminación de la condición de residencia permanente se aplica a aquellos inmigrantes que obtuvieron su residencia permanente condicional (comúnmente en casos de matrimonio o inversiones) en los Estados Unidos. La residencia condicional es válida por dos años, y los residentes condicionales deben solicitar la eliminación de estas condiciones antes de que su estatus expire para obtener una Green Card permanente.

 

¿Quién debe solicitar la eliminación de la condición de residencia?

 

Residentes condicionales basados en matrimonio:

 

  • Si un inmigrante obtiene la residencia condicional porque se casó con un ciudadano estadounidense o un residente permanente, debe solicitar la eliminación de las condiciones conjuntamente con su cónyuge a través del Formulario I-751 (Petición para Eliminar Condiciones en la Residencia).

 

  • La solicitud debe presentarse dentro de los 90 días antes de que expire la tarjeta de residencia condicional.

 

  • Si el matrimonio ya no existe (divorcio o muerte del cónyuge), el residente condicional puede solicitar una exención y demostrar que el matrimonio fue de buena fe.

 

Residentes condicionales basados en inversiones:

 

  • Los inmigrantes que obtuvieron la residencia condicional a través de inversiones (EB-5) también deben solicitar la eliminación de las condiciones al presentar el Formulario I-829 (Petición de Inversionista para Eliminar Condiciones).

 

  • Este formulario debe presentarse dentro de los 90 días antes de que expire su tarjeta de residencia condicional.

 

Proceso:

 

  • Formulario I-751 (para matrimonios) o Formulario I-829 (para inversiones): El solicitante debe presentar el formulario correspondiente con la evidencia que demuestre que cumple con los requisitos para eliminar las condiciones. En el caso de los matrimonios, es fundamental demostrar que el matrimonio es genuino y no por razones migratorias.

 

  • Entrevista: En algunos casos, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) pueden requerir una entrevista para confirmar la validez del matrimonio o la inversión.

 

Importancia:

 

Si no se solicita la eliminación de la condición antes de que expire la tarjeta de residencia condicional, el inmigrante puede perder su estatus legal en los Estados Unidos y estar sujeto a deportación.

Visas de No Inmigrante

Las visas de no inmigrante están destinadas a personas que desean ingresar a los Estados Unidos de manera temporal por razones específicas, como turismo, trabajo temporal, estudios, tratamiento médico, entre otros. Estas visas no permiten la residencia permanente en EE. UU. y los solicitantes deben demostrar que no tienen la intención de quedarse indefinidamente.

 

¿Quiénes pueden solicitar una visa de no inmigrante?

 

Turistas y visitantes de negocios:

 

  • Visa B-1: Para aquellos que viajan a EE. UU. por razones de negocios, como asistir a conferencias, consultas profesionales, o negociaciones comerciales.

 

  • Visa B-2: Para quienes visitan EE. UU. por turismo, vacaciones, visitas a familiares o amigos, tratamiento médico, o para participar en eventos sociales.

 

Estudiantes:

 

  • Visa F-1: Para personas que deseen estudiar en instituciones académicas en EE. UU., como universidades, colegios, escuelas secundarias o programas de idiomas.

 

  • Visa M-1: Para estudiantes en programas vocacionales o no académicos.

 

Trabajadores temporales:

 

  • Visa H-1B: Para trabajadores especializados en campos como tecnología, ingeniería, medicina o derecho, que requieren un alto nivel educativo o habilidades específicas.

 

  • Visa H-2A: Para trabajadores agrícolas temporales.

 

  • Visa H-2B: Para otros trabajadores temporales no agrícolas.

 

  • Visa L-1: Para empleados de empresas multinacionales transferidos a una sucursal, filial o subsidiaria en EE. UU.

 

  • Visa O-1: Para personas con habilidades extraordinarias en áreas como las ciencias, artes, educación, negocios, o deportes.

 

  • Visa P: Para atletas, artistas y animadores que vienen a EE. UU. para participar en eventos específicos.

 

Visitantes de intercambio:

 

  • Visa J-1: Para personas que participan en programas de intercambio cultural, incluidos estudiantes, pasantes, maestros, y au pairs. También puede aplicarse a profesores e investigadores invitados.

 

Periodistas y miembros de medios de comunicación:

 

  • Visa I: Para representantes de medios de comunicación extranjeros que trabajan en EE. UU. mientras representan a medios de comunicación de su país.

 

Religiosos:

 

  • Visa R-1: Para trabajadores religiosos que vienen a EE. UU. temporalmente para llevar a cabo funciones religiosas en una organización sin fines de lucro.

 

Tratamiento médico:

 

  • Visa B-2 (Turista): También se puede usar para recibir tratamiento médico temporal en EE. UU.

 

Importancia de las visas de no inmigrante:

 

Estas visas permiten a las personas ingresar a EE. UU. de manera legal y temporal, dependiendo de su propósito. Es importante cumplir con las condiciones de la visa y no exceder el tiempo autorizado de estancia, ya que hacerlo puede tener consecuencias legales, incluyendo la prohibición de futuras entradas a EE. UU.

Visa U

La visa U es un tipo de visa no inmigrante en Estados Unidos destinada a víctimas de ciertos crímenes que han sufrido abuso físico o mental y que han cooperado con las autoridades en la investigación o persecución de esos crímenes. Se otorga principalmente a personas que han sido víctimas de delitos como violencia doméstica, asalto sexual, tráfico humano y otros crímenes.

 

Además de ofrecer protección, la visa U puede conducir a un estatus legal permanente (residencia) en el futuro, si se cumplen ciertos requisitos.

 

¿Tienes alguna pregunta específica sobre el proceso o requisitos?

VAWA

VAWA, o la Ley de Violencia contra la Mujer (Violence Against Women Act), permite que ciertos cónyuges, hijos e hijas, y padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales, que han sido víctimas de abuso, puedan solicitar una tarjeta verde (residencia permanente) sin la necesidad de que el abusador participe en el proceso.

 

Los beneficiarios de VAWA incluyen:

 

  • Cónyuges abusados: Cónyuges de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.

 

  • Hijos e hijas abusados: Hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes que han sufrido abuso.

 

  • Padres abusados: Padres de ciudadanos estadounidenses que han sido víctimas de abuso por parte de su hijo ciudadano.

 

Este programa busca proteger a las víctimas de violencia y proporcionarles una vía para escapar de situaciones abusivas.

DACA

DACA, o Deferred Action for Childhood Arrivals, es un programa en EE. UU. que protege a ciertos jóvenes inmigrantes de la deportación y les permite obtener permisos de trabajo. Está dirigido a personas que:

 

  • Llegaron a EE. UU. antes de cumplir 16 años.
  • Tienen menos de 31 años al momento de la solicitud.
  • Han residido continuamente en EE. UU. desde el 15 de junio de 2007.
  • Están en la escuela, se han graduado o tienen un GED, o han sido honrados en el servicio militar.
  • No han sido condenados por un delito grave ni representan una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
  • DACA no proporciona un estatus legal permanente, pero ofrece protección temporal.

Perdones Migratorios

La forma I-601A, o "Solicitud de Exención de Causas de Inadmisibilidad", se utiliza para solicitar una exención por razones de inadmisibilidad en el contexto de ciertos procesos de inmigración. Está destinada a personas que son cónyuges, hijos o padres de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, y que enfrentan la inadmisibilidad debido a:

 

  • Presencia ilegal: Si han estado en EE. UU. sin estatus legal por más de 180 días, lo que puede resultar en un período de prohibición de reentrada.

 

  • Otros motivos de inadmisibilidad: Como delitos, fraude, entre otros.

 

La exención permite que estas personas soliciten perdón por su inadmisibilidad antes de salir del país para asistir a una entrevista consular. Esto puede facilitar el proceso de obtención de una visa o tarjeta verde.

 

La forma I-601, o "Solicitud de Exención de Causas de Inadmisibilidad", se utiliza para solicitar una exención para personas que son inadmisibles a EE. UU. debido a razones específicas, como:

 

  • Delitos: Personas que han sido condenadas por ciertos delitos.

 

  • Fraude o representación falsa: Aquellos que han cometido fraude en sus solicitudes de inmigración.

 

  • Presencia ilegal: Personas que han estado en EE. UU. sin estatus legal durante un tiempo determinado.

 

La I-601 permite a los solicitantes pedir perdón por su inadmisibilidad si pueden demostrar que su negación de admisión causaría un sufrimiento extremo a un familiar inmediato que sea ciudadano estadounidense o residente permanente.

Este formulario es parte del proceso de inmigración y debe ser presentado junto con otras solicitudes, dependiendo de la situación del solicitante.

La forma I-212, o "Solicitud para Volver a Solicitar la Admisión a los Estados Unidos Después de la Deportación o Remoción", se utiliza para solicitar permiso para ingresar a EE. UU. nuevamente después de haber sido deportado o removido. Está destinada a personas que:

 

  • Han sido deportadas o removidas de EE. UU. y desean volver a ingresar.
  • Cumplen con el período de prohibición que se aplica tras la deportación, que puede variar según las circunstancias (por ejemplo, un período de 5, 10 o 20 años).

 

La solicitud I-212 debe presentarse antes de intentar ingresar a EE. UU. nuevamente y debe demostrar que hay razones válidas para permitir el ingreso, como vínculos familiares o razones humanitarias.

Parole Humanitario (Cuba, Haití, Nicaragua, Venezuela, Ukrania)

El formulario I-134A, "Solicitud de Parole Humanitario", se utiliza para que ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales soliciten el ingreso temporal de ciertos individuos en situaciones humanitarias urgentes. Este programa permite que personas que no son elegibles para otras formas de inmigración puedan entrar a EE. UU. temporalmente por razones de emergencia.

 

Los beneficiarios típicamente incluyen:

 

  • Individuos en situaciones de crisis: Personas que enfrentan amenazas graves, como violencia, persecución o desastres naturales en su país de origen.

 

  • Familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes: Aquellos que tienen vínculos familiares y necesitan protección inmediata.

 

El proceso implica que el patrocinador (ciudadano o residente) presente la solicitud y demuestre que puede brindar apoyo financiero y asistencia al individuo durante su estancia en EE. UU.

Renovación y Reemplazo de Documentos

El formulario I-90, "Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente (Green Card)", se utiliza para solicitar un reemplazo de la tarjeta de residente permanente en varias situaciones, tales como:

 

  • Tarjeta perdida, robada o destruida: Si la tarjeta de residente permanente se ha extraviado o dañado.

 

  • Información incorrecta: Si hay errores en la tarjeta, como un nombre mal escrito o una fecha de nacimiento incorrecta.

 

  • Cambio de nombre: Si el residente permanente ha cambiado legalmente su nombre y desea que se refleje en la tarjeta.

 

  • Tarjeta expirada: Si la tarjeta de residente permanente está por caducar o ya ha caducado.

Remoción de Condición

El formulario I-751, "Petición para Quitar las Condiciones de Residencia", se utiliza por personas que han obtenido su residencia permanente a través de un matrimonio que fue menos de dos años antes de recibir la tarjeta verde. Este formulario es necesario para eliminar las condiciones de la residencia y obtener una tarjeta de residente permanente de duración indefinida.

 

Se presenta generalmente en las siguientes situaciones:

 

  • Residentes permanentes condicionales: Aquellos que recibieron una tarjeta verde condicional debido a un matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente.

 

  • Matrimonio genuino: El solicitante debe demostrar que el matrimonio fue auténtico y no solo para obtener beneficios migratorios.

 

  • Solicitantes conjuntos: Por lo general, el formulario se presenta de manera conjunta con el cónyuge, aunque hay excepciones si el cónyuge ha fallecido, si hubo abuso, o si se ha anulado el matrimonio.

 

El I-751 debe presentarse dentro de los 90 días antes de que expire la tarjeta de residencia condicional.

Apelaciones y Mociones de Reapertura y Reconsideración

El formulario I-290B, "Notificación de Apelación o Solicitud de Revisión", se utiliza para apelar ciertas decisiones de inmigración de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Este formulario es para personas que han recibido una decisión desfavorable en relación con:

 

  • Peticiones de inmigración: Como solicitudes de ajuste de estatus, peticiones de visa, o solicitudes de asilo.

 

  • Decisiones de rechazo: Si su solicitud fue rechazada y consideran que la decisión fue incorrecta.

 

  • Otros procesos de USCIS: Cualquier decisión que pueda ser apelada o revisada según las regulaciones de USCIS.

Procesos Consulares

El formulario I-290B, "Notificación de Apelación o Solicitud de Revisión", se utiliza para apelar ciertas decisiones de inmigración de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Este formulario es para personas que han recibido una decisión desfavorable en relación con:

 

  • Peticiones de inmigración: Como solicitudes de ajuste de estatus, peticiones de visa, o solicitudes de asilo.

 

  • Decisiones de rechazo: Si su solicitud fue rechazada y consideran que la decisión fue incorrecta.

 

  • Otros procesos de USCIS: Cualquier decisión que pueda ser apelada o revisada según las regulaciones de USCIS.

Visa T

La visa T es un tipo de visa no inmigrante en EE. UU. destinada a víctimas de tráfico humano que han sufrido abuso y que ayudan a las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de casos relacionados con la trata de personas. Aquí tienes información clave sobre la visa T:

 

Elegibilidad para la Visa T

 

  • Ser víctima de tráfico humano: Debes haber sido sometido a la trata de personas, ya sea con fines de explotación sexual o laboral.

 

  • Cooperación con la ley: Debes haber cooperado o estar dispuesto a cooperar con las autoridades en la investigación o persecución del tráfico humano.

 

  • Sufrimiento: Debes demostrar que has sufrido daño físico o mental como resultado de la trata.

 

  • Inadmisibilidad: Debes cumplir con los requisitos de inadmisibilidad. Si tienes razones que te harían inadmisible, puedes solicitar una exención.

 

Beneficios de la Visa T

 

  • Residencia temporal: Permite a las víctimas residir legalmente en EE. UU. por hasta cuatro años.

 

  • Acceso a recursos: Posibilidad de acceder a servicios de salud, apoyo legal y otros recursos.

 

  • Camino a la residencia permanente: Después de tres años con la visa T, puedes solicitar la residencia permanente (Green Card), si cumples con ciertos requisitos.

 

Proceso de Solicitud

 

  • Completar el formulario I-914: Debes presentar la solicitud para la visa T, junto con la documentación que respalde tu caso.

 

  • Documentación de apoyo: Esto incluye evidencia del tráfico, pruebas de cooperación, y evidencia del daño sufrido.

 

  • Entrevista: Puede ser necesaria una entrevista con un funcionario de inmigración.

FOIA

La FOIA (Freedom of Information Act) es una ley en EE. UU. que permite a cualquier persona solicitar acceso a registros y documentos del gobierno federal. Esta ley se aplica a todas las agencias federales, incluidas las que manejan asuntos de inmigración.

 

¿Para quién es la FOIA?

 

  • Cualquier persona: Cualquier ciudadano estadounidense o extranjero puede presentar una solicitud de FOIA para acceder a documentos gubernamentales, sin necesidad de demostrar un interés particular en la información.

 

  • Solicitantes de inmigración: Aquellos que han solicitado visas, asilos, o cualquier otro beneficio migratorio pueden usar la FOIA para obtener información sobre su caso, como registros de entrevistas, decisiones, y otros documentos relacionados.

 

  • Investigadores y periodistas: Estos grupos a menudo utilizan FOIA para obtener información sobre acciones del gobierno, políticas públicas, y otros temas de interés.

 

¿Qué tipo de información se puede solicitar?

 

  • Registros de inmigración y naturalización.
  • Documentos relacionados con procesos de asilo y visas.
  • Comunicaciones internas de las agencias.

 

Proceso de Solicitud

 

  • Presentación: Las solicitudes pueden presentarse por escrito, por correo, o a través de formularios en línea, dependiendo de la agencia.

 

  • Especificidad: Es recomendable ser específico en la solicitud para facilitar la búsqueda de documentos.

 

  • Plazos: Las agencias deben responder en un plazo razonable, aunque puede haber demoras.
  • Matrimonios
  • Notarizaciones
  • Traducciones
  • Cambios de direccion
  • Affivavits y declaraciones Juramentadas

 

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Visas Temporales

Migración Temporal

EE.UU. emite millones de visas temporales anualmente, tanto para trabajo como para turismo, estudio y otros propósitos.
En 2022, se otorgaron más de 9 millones de visas de no inmigrante, con el H-1B (trabajo especializado) y H-2A (trabajo agrícola) siendo las categorías laborales más comunes.